Régimen jurídico de la responsabilidad administrativa en Venezuelasemejanzas y diferencias con la responsabilidad contable en España
- Vivas Roso, Jessica
- María Victoria Dios Viéitez Directora
- Josep Ramon Fuentes Gasó Director/a
Universidad de defensa: Universidade da Coruña
Fecha de defensa: 19 de marzo de 2024
- Jaime Rodríguez-Arana Muñoz Presidente
- Judith Gifreu Font Secretario/a
- Armando Rodríguez García Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
Se revisa el régimen jurídico de la responsabilidad administrativa en Venezuela y se compara con la responsabilidad contable del Estado español, con la intención determinar los puntos de coincidencia y de divergencia entre ambas instituciones jurídicas. Con ese objetivo, el trabajo se ha estructurado en cuatro capítulos. En el primero, se revisan los elementos necesarios para establecer la procedencia de aplicación de cada una de las responsabilidades analizadas, delimitando su ámbito objetivo y subjetivo, los órganos administrativos y judiciales competentes para declararlos y las consecuencias que se derivan de cada una. En el segundo, se estudian los 53 supuestos generadores de responsabilidad administrativa que se encuentran tipificados en el ordenamiento jurídico venezolano, los cuales son analizados teniendo como parámetro el ámbito objetivo de la responsabilidad administrativa, es decir, si el supuesto tipificado garantiza o no la protección, utilización, administración y custodia adecuadas del patrimonio público. En el tercero, se examinan las diferentes etapas y fases que comprenden el procedimiento administrativo que debe tramitarse para la determinación de la responsabilidad administrativa. Y, en el cuarto y último capítulo, se detallan las consecuencias de la declaración de responsabilidad administrativa. Se concluye señalando las similitudes y diferencias entre la responsabilidad administrativa venezolana y la responsabilidad contable española; así como las reformas que deben realizarse en el régimen jurídico de la responsabilidad administrativa, a fin de permitir que esta institución jurídica pueda garantizar las finalidades de salvaguarda y protección del patrimonio público venezolano contra cualquier acción de menoscabo de naturaleza administrativa.