La compatibilidad de la integración diferenciada en la Comunidad Europea con el ius cogens comunitario

  1. Alcoceba Gallego, María Amparo
Dirigida por:
  1. Fernando M. Mariño Menéndez Director/a

Universidad de defensa: Universidad Carlos III de Madrid

Fecha de defensa: 06 de noviembre de 2001

Tribunal:
  1. Manuel Díez de Velasco Vallejo Presidente/a
  2. Carlos Javier Moreiro González Secretario/a
  3. José Manuel Sobrino Heredia Vocal
  4. Cesáreo Gutiérrez Espada Vocal
  5. Cástor M. Díaz Barrado Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 92150 DIALNET

Resumen

Se analizan el proceso de integración europea: una historia llena de altibajos originados por el continuo conflicto entre los objetivos y necesidades de la integración, por un lado, y las posibilidades y voluntad de los Estados Miembros para alcanzarlos, por otro. Las diferentes capacidades, prioridades y estrategias de los Estados Miembros respecto de la integración están en el origen del debate integración uniforme-integración diferenciada. La integración diferenciada se convierte, desde este punto de vista, en la llave maestra de una futura, ya inminente, Unión Europea ampliada. El hecho de que la Comunidad Europea, uno de los fundamentos de la Unión Europea, sea el peso pesado de las tres Comunidades, se configure como Comunidad de integración y como Comunidad de Derecho, y goce de ciertas peculiaridades en comparación con cualquier otra integración internacional, hacen más que interesante estudiar los efectos de la integración diferenciada en la Comunidad Europea desde el punto de vista jurídico. Se analiza la compatibilidad de la integración diferenciada en la Comunidad don el ius cogens comunitario, entendiendo como tal el prius, el fundamento de la Comunidad, esencial y consustancial a ella, de obligado cumplimiento e inderogable incluso mediante una revisión del Tratado Comunitario: el principio de integración. Esta compatibilidad se estudia a partir de los efectos que produce la integración diferenciada en la Comunidad Europea mediante el acto originario por el que ven la luz, esto es, una revisión de los Tratados. La configuración de la integración diferenciada en la Comunidad Europea, a partir de una revisión del TCE ha resultado, en ocasiones, contraria al ius cogens comunitario y, cuando no lo ha sido, se hace prácticamente irrealizable y goza de una complejidad absoluta; pradójicamente parece que se hubiera configurado para asegurar que no se utilizará. La integración diferenciada tal y como