El protocolo judicial en España

  1. Laforet Hernández, Juan José
Dirixida por:
  1. Luis A. Godoy Domínguez Director

Universidade de defensa: Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

Fecha de defensa: 14 de marzo de 2014

Tribunal:
  1. Carlos Larrainzar González Presidente/a
  2. Carlos G. Ortega Melián Secretario/a
  3. Ignacio Díaz de Lezcano Sevillano Vogal
  4. Isaac Tena Piazuelo Vogal
  5. Jaime Rodríguez-Arana Muñoz Vogal

Tipo: Tese

Teseo: 365948 DIALNET

Resumo

EL PROTOCOLO JUDICIAL EN ESPAÑA. TESIS DOCTORAL Juan José Laforet Hdz. Desde la entrada en vigor de la Constitución Española, el ordenamiento jurídico español se ha enriquecido con diversas normas que conforman el marco en el que han de actuar pública y privadamente los altos cargos, los funcionarios públicos y el resto del personal de las Administraciones públicas para ejercer sus funciones de acuerdo al bloque de la legalidad, que garantiza la transparencia, eficacia y dedicación plena a sus funciones públicas. Sin embargo, el protocolo que se ha de observar dentro del Poder Judicial en España fue durante muchos años una de las asignaturas pendientes en nuestro país. Existía un marcado protocolo interno en algunos de sus actos, pero que se aplicaba como consecuencia de algunas tradiciones, varias disposiciones y, principalmente, fruto de las diferentes categorías profesionales del sector judicial. Muchas de estas tradiciones vienen de hace poco más de un siglo, desde el 15 de septiembre de 1870, en que se aprobó la Ley provisional sobre organización del Poder Judicial. Sin embargo, esta Ley fue derogada por la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, realizada como consecuencia de la nueva estructura judicial que establece la Constitución Española. Por el ACUERDO de 23 de noviembre de 2005, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 2/2005, de honores, tratamientos y protocolo en los actos judiciales solemnes, se logra en el ámbito judicial español, por primera vez en su historia, contar con una regulación protocolaria que ordena su ceremonial y sus actuaciones solemnes y cotidianas de forma efectiva, clara y aceptada de forma general por todas las partes afectadas e implicadas. Sin embargo, ahora contándose ya con una normativa clara, que en buena medida cubre las expectativas que se habían fijado por los diferentes sectores del ámbito de la Justicia en España, que resuelve en su amplia mayoría problemas y defectos usuales en el ceremonial judicial, aunque aún habrá que estudiar, reflexionar y proponer resoluciones a determinadas cuestiones, aspectos que por su sensibilidad y trascendencia también se pretenden contemplar en este trabajo de Tesis Doctoral. Se trata de tener en cuenta el conjunto de normas de obligado cumplimiento, normas impuestas por la tradición, usos y costumbres diversas, que regulan el ceremonial, que permiten diseñarlo y gestionarlo, y que hacen del mismo no sólo un mero acto oficial y social, sino un verdadero instrumento de comunicación, a través del cual la sociedad en su conjunto contempla y valora al Poder Judicial, a quienes lo integran.