Limitaciones a la propiedad forestalla necesidad de un estatuto de la propiedad forestal
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Universidade da Coruña
info
- Alberto Rojo Alboreca (coord.)
- Ignacio Javier Díaz-Maroto Hidalgo (coord.)
- Juan Gabriel Alvarez González (coord.)
- Marcos Barrio Anta (coord.)
- Fernando Castedo Dorado (coord.)
- Guillermo Riesco Muñoz (coord.)
- Antonio Rigueiro Rodríguez (coord.)
Editorial: Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Vivenda ; Junta de Galicia = Xunta de Galicia
ISBN: 84-931244-2-7, 84-931244-4-3
Ano de publicación: 2000
Volume: 2
Páxinas: 541-546
Congreso: Congreso de Ordenación y Gestión Sostenible de Montes : (Santiago de Compostela, 4-9 de octubre de 1999) (1. 1999. Santiago de Compostela)
Tipo: Achega congreso
Resumo
La propiedad de los montes es una especificación del concepto genérico de propiedad delimitada por su propio objeto. La Constitución de 1978 recoge la función social que toda propiedad debe cumplir (artículo 33), exigencia que aparece claramente agravada en el caso forestal. Pero tal régimen legal no puede suponer reducción ni limitación del núcleo esencial de los derechos de la propiedad. Los montes se encuentran sometidos a diversas normas de diferentes orígenes, muchas de ellas leyes con base forestal (incluyendo normas específicas sobre ciertos tipos de propiedad forestal, como los montes vecinales). Además, hay muchas restricciones a los derechos de los propietarios de montes en normativas sectoriales que no tienen una base forestal (de aguas, de carreteras, de patrimonio histórico, etc.).Con estas consideraciones, se propone una política forestal para conseguir los siguientes objetivos: Intervención equilibrada de la Administración, simplificación del número de administraciones intervinientes en el monte, unificación de sus acciones y creación de organismos específicos sobre la materia, desarrollo de una “Cédula de la propiedad forestal” y de un “Código forestal”.