Rectificación extemporánea de una autoliquidación para compensar bases imponibles negativasAnálisis de la SAN de 11 de diciembre de 2020, rec. núm. 439/2017

  1. Pilar Álvarez Barbeito 1
  1. 1 Universidade da Coruña
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    Universidade da Coruña

    La Coruña, España

    ROR https://ror.org/01qckj285

Revista:
Revista de Contabilidad y Tributación. CEF

ISSN: 2695-6896 2792-8306

Año de publicación: 2021

Número: 457

Páginas: 116-122

Tipo: Artículo

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Resumen

El objeto de este comentario es analizar la Sentencia de la Audiencia Nacional de 11 de diciembre de 2020, en la que el tribunal analiza la posibilidad de rectificar una autoliquidación de forma extemporánea para compensar el importe de unas bases imponibles negativas que no se habían cuantificado correctamente en ejercicios anteriores, centrando su fallo en dirimir si, en estos casos, resulta aplicable el artículo 119.3 de la Ley General Tributaria o, por el contrario, el artículo 120 de ese texto legal.