Estatuto jurídico del socio capitalista de las cooperativas mixtas

  1. Díaz de la Rosa, Angélica
Revista:
CIRIEC - España. Revista jurídica de economía social y cooperativa

ISSN: 1577-4430

Año de publicación: 2013

Número: 24

Páginas: 157-198

Tipo: Artículo

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Resumen

La LC introduce a nivel estatal la posibilidad de constituir sociedades cooperativas de carácter mixto. No estamos ante una nueva clase de cooperativas, sino que se contempla como una posible “forma de ser” de la cooperativa. Se trata de una fórmula cooperativa que contiene una mayor aproximación a las sociedades de capitales, que se manifiesta en la regulación de un socio aportante de capital cuyo estatuto pivota, fundamentalmente, sobre dicha aportación; por este motivo se ha realizado un análisis comparativo entre las acciones y las partes sociales con voto al objeto de profundizar en el régimen jurídico de éstas últimas. No podemos olvidar que la propia LC nos remite a la legislación de las sociedades de capital para integrar el régimen jurídico de las partes sociales con voto.

Referencias bibliográficas

  • PASTOR SEMPERE, Mª C., “Los recursos propios en las sociedades cooperativas” Edit. Editoriales de Derecho reunidas (Madrid, 2002).
  • ROMERO CANDAU, P.A., “De los Socios”, Cooperativas, Comentarios a la Ley 27/1999, de 16 de Julio, Vol. I, Edit. Consejo General del Notariado (Madrid, 2001), p.106.
  • DÍAZ DE LA ROSA, A., El naviero cooperativo, Edit. Aranzadi, Cizur Menor, 2010.
  • BORJABAD GONZALO, P. J., Manual de Derecho Cooperativo general y catalán, Edit. Bosch (Barcelona, 1993).
  • PAZ CANALEJO, N, “Vínculos societarios especiales, financiación exterior y dinámica interna de las Cooperativas”, RPS, Nº 117 (Enero-Marzo, 1978).
  • PAZ CANALEJO, N., “El nuevo derecho cooperativo español”, Edit. Digesa (Madrid, 1979).
  • LLOBREGAT HURTADO, Mª. L., “Régimen económico de las sociedades cooperativas en el marco de la nueva Ley General de Cooperativas de 16 de Julio de 1999 (BOE de 17 de julio)” RDS, N° 13, 1999-2.
  • MARIN LÓPEZ, J.J., “Notas sobre la Ley 27/1999 de 16 de julio, de Cooperativas”, La Ley, (Diario 4930 de 18 de Noviembre de 1999).
  • BORJABAD GONZALO, P.J.: Manual de Derecho Cooperativo general y catalán, Edit. Bosch (Barcelona, 1993).
  • TRUJILLO DÍEZ, I.J., Cooperativas de Consumo y Cooperativas de Producción, Edit. Aranzadi (Pamplona, 2000).
  • PAZ CANALEJO, N., “Los Socios y los Asociados”, RESSA, Nº 68, 1987.
  • GARCÍA MARTÍ, E., “El socio proveedor de bienes y servicios de las sociedades cooperativas” en MOYANO FUENTES, J. (coord...), La Sociedad Cooperativa: Un análisis de sus características societarias y empresariales, Edit. Publicaciones de la Universidad de Jaén (Jaén, 2001).
  • GARCÍA JIMÉNEZ, M., Autoempleo y trabajo asociado: el trabajo de la economía social. Edit. Servicio de Publicaciones de la Universidad de Córdoba (Córdoba, 2001).
  • PAZ CANALEJO, N., “Los Socios y los Asociados”, RES y SA, Nº 68, 1987.
  • FAJARDO GARCÍA, G., “Novedades de la Ley 27/1999, de 16 de Julio, en torno a la constitución y los socios de la Cooperativa”, REVESCO, Nº69, 1999, p.94.
  • LLOBREGAT HURTADO, Mª.L., “Régimen económico de las sociedades cooperativas en el marco de la nueva Ley General de Cooperativas de 16 de Julio de 1999 (BOE de 17 de julio)”, RDS, N°13, 1999-2.
  • MARIN LOPEZ, J.J., “Notas sobre la Ley 27/1999 de 16 de julio, de Cooperativas”, La Ley, Nº6, 1999 (Diario 4930 de 18 de Noviembre de 1999), pág. 1800.
  • BORJABAD GONZALO, P.J.: Manual de Derecho Cooperativo general y catalán, Edit. Bosch (Barcelona, 1993).
  • PAZ CANALEJO, N.: “Los Socios y los Asociados”, RESySA, Nº 68, 1987.
  • BORJABAD GONZALO, P.J.: Manual de Derecho Cooperativo general y catalán, Edit. Bosch. (Barcelona, 1993).
  • GASPERONI, N., “Las acciones de las sociedades mercantiles”, edit. REVISTA DE DERECHO PRIVADO, Madrid, 1950.
  • GARRIGUES DÍAZ-CAÑABATE, J., “Tratado de Derecho mercantil”, t. I, vol. 2º, Madrid, 1947.
  • SÁNCHEZ CALERO, F.: “La división del Capital en acciones”, en VV.AA.: “Derecho de Sociedades Anónimas”, t. II, “Capital y acciones”, vol. 1º, coord. por A. Alonso Ureba, Juque Domínguez, Gestaban Velasco, R. García Villaverde y Sánchez Calero, edit. CIVITAS,S.A./FACULTADES DE DERECHO DE ALBACETE Y TOLEDO, Madrid, 1994.
  • RUBIO GARCIAMINA,J.: “Curso de Derecho de Sociedades anónimas”, edit. EDITORIAL DE DERECHO FINANCIERO, 3ª ed., Madrid, 1974,.
  • LOJENDIO OSBORNE, I.Mª. y GÓMEZ PORRÚA, J.M., “La Sociedad Anónima y la Sociedad Comanditaria por acciones”, en VV.AA.: “Lecciones de Derecho mercantil”, edit. TECNOS, S.A., 5ª ed. rev. y puesta al día, Madrid, 1999.
  • SÁNCHEZ CALERO, F.: “Instituciones de Derecho mercantil”, 2 vols., edit. McGRAW-HILL, 22ª ed., Madrid, 1999.
  • DÍAZ DE LA ROSA, A. El naviero cooperativo, Edit. Aranzadi, Cizur Menor, 2010.
  • URÍA GONZÁLEZ, R., Artículo 39, en “Capítulo Tercero. Acciones”, en GARRIGUES DÍAZCAÑABATE, J. y URÍA GONZÁLEZ, R.: “Comentario a la Ley de Sociedades Anónimas”, t. I, 3ª ed. revisada, corregida y puesta al día por A. Menéndez Menéndez y Olivencia Ruiz, impr. IMPRENTA AGUIRRE, Madrid, 1976.
  • AGUILERA RAMOS, A.: “Clases y series de acciones. Las acciones privilegiadas”, en VV.AA.: “Derecho de Sociedades Anónimas”, t. II, “Capital y acciones”, vol. 1º, coord. por A. Alonso Ureba, Juque Domínguez, Gestaban Velasco, R. García Villaverde y Sánchez Calero, edit. CIVITAS,S.A./FACULTADES DE DERECHO DE ALBACETE Y TOLEDO, Madrid, 1994.
  • GARCÍA-PITA Y LASTRES, J.L.: “Derecho de Títulos-Valores. (Parte General)”, edit. TORCULO EDICIÓNS, Santiago de Compostela, 2006.
  • RAMOS GASCÓN,F.J.: “Régimen jurídico de los Valores”, edit. BOLSA DE MADRID/CENTRO DE DOCUMENTACION BANCARIA Y BURSATIL, Madrid, 1997.
  • BÖCKLI,P.: “Schweizer Aktienrecht. Darstellung für den Praktiker”, edit., SCHULTESS POLYGRAPHISCHER VERLAG, 2ª ed., Zürich, 1996.
  • BROSETA PONT,M.: “Manual de Derecho Mercantil”, edit. TECNOS,S.A., 10ª ed., Madrid, 1994.
  • DUQUE DOMÍNGUEZ, J.F.: “Introducción a la protección de los derechos del accionista frente a los acuerdos de la mayoría”, edit. CIVITAS, S.A., Madrid, 1994.
  • RODRÍGUEZ SASTRE, A.: “Operaciones de Bolsa. Doctrina, legislación y jurisprudencia españolas”, t. I, edit. REVISTA DE DERECHO PRIVADO, Madrid, 1954.
  • CAMPUZANO LAGUILLO, A.B., “Las clases de acciones en la Sociedad Anónima”, edit. CIVITAS, S.A., Madrid, 2000.
  • VICENT CHULIÁ, F.: “Compendio crítico de Derecho mercantil”, t. I, vol. 1º, edit. BOSCH, 3ª ed., Barcelona, 1991.
  • ALBORCH BATALLER, C., El derecho de voto del accionista, Edit. Tecnos, Madrid, 1977.
  • PEÑAS MOYANO Mª. J.: “Las prestaciones accesorias en la Sociedad Anónima”, edit. ARANZADI, S.A., Cizur Menor (Navarra), 1996.
  • BARBA DE VEGA, J.: “Las prestaciones accesorias en las sociedades de responsabilidad limitada”, edit. MONTECORVO, S.A, Madrid, 1984.
  • TORRALBA SORIANO, V., “Las prestaciones accesorias en la Ley de Sociedades Anónimas”, en VV.AA.: “Estudios jurídicos en homenaje al Profesor Aurelio Menéndez”, coord. por J.L. Iglesias Prada, t. II, edit. CIVITAS, S.A., Madrid, 1996.
  • FAJARDO GARCÍA, I.G: “Participación de los trabajadores en el régimen socioeconómico de la Cooperativa”, CIRIEC, Nº7 (Julio-Septiembre, 1989).
  • LÓPEZ SÁNCHEZ, M.A., “La configuración estatutaria de las prestaciones accesorias en la sociedad anónima”, en VV.AA.: “Derecho de sociedades anónimas”, t. I, “La Fundación”, edit. CIVITAS, S.A., Madrid, 1991.
  • GARCÍA AMIGO, M.: «Lecciones de Derecho civil», t. II, “Teoría General de las Obligaciones y Contratos”, edit. MCGRAW-HILL, Madrid, 1995.
  • BADENES GASSET,T.: “El Contrato de Compraventa”, edit. JOSE MARIA BOSCH EDITOR,S.A., 3ª ed., t. II, Barcelona, 1995.
  • CURTO POLO,M., “La Cesión de Marca mediante contrato de Compraventa”, edit. THOMSON –ARANZADI, Elcano (Navarra), 2002.
  • DEPARTMENT OF FINANCE (CANADA)/MINISTÈRE DES FINANCES CANADA.: “Modernizing the Legal Framework for Financial Transactions: Reforming Federal Securities Transfer Rules (Consultation Paper)”, en http://www.fin.gc.ca/activty/consult/ModSecTr_1e.html “All transactions relating to the purchase, holding and transfer of an investment security are carried out electronically via book entries to the accounts concerned (“book-entry settlement system”). The book-entry settlement system makes the indirect holding system much more efficient than the direct holding system and its requirement for transfers to be effected through the delivery of physical certificate” .