El interés general en el comercio internacional e intracomunitario de servicios

  1. SEGURA SERRANO, ANTONIO
Dirixida por:
  1. Diego J. Liñán Nogueras Director

Universidade de defensa: Universidad de Granada

Fecha de defensa: 24 de abril de 2001

Tribunal:
  1. Victoria Abellán Honrubia Presidente/a
  2. Luis Miguel Hinojosa Martínez Secretario/a
  3. José Manuel Sobrino Heredia Vogal
  4. Araceli Mangas Martín Vogal
  5. Lucía Millán Moro Vogal

Tipo: Tese

Teseo: 81574 DIALNET

Resumo

El interés general, noción que resulta conocida en los Ordenamientos internos de corte continental (Capitulo Primero), se configura sin embargo de forma precaria en el Derecho Internacional y en Derecho comunitario (Capitulos Segundo y Cuarto). No obstante, la protección de este interés general se ha afirmado progresivamente por la via de la practica en el marco del funcionamiento cotidiano de los Acuerdos de liberalización comercial como el GATS ( y el GATT) y de la Comunidad Europea. Fenomenos como la "doctrina de las razones imperiosas ligadas al interés general" en el marco de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE), que se estudia en el capitulo Quinto, y la misma evolución interpretativa operada en los Informes del Organo de Apelacion de la OMC constituyen la respuesta a la necesidad de una mayor portección del interes general en el plano internacional al tiempo que refuerzan la idea de mantenimiento, o incluso, devolución competencial a favor del Estado que hay detrás de la aplicación del concepto de interes general. Los Capitulos Tercero y Sexto analizan la actividad positiva, la acción institucional que, en el marco del GATS(a traves de tecnicas más elaboradas que han sido recogidas en este Acuerdo) y de la Comunidad Europea, respectivamente, se puede desarrollar en beneficio de la protección del interes general, actividad que no hace sino reforzar el papel del Estado de cara a la delimitación y garantia de los valores sociales incluidos en esta noción.