La defensa frente a terceros de los intereses del conyuge en la sociedad de gananciales
- Ángel Luis Rebolledo Varela Director/a
Universidad de defensa: Universidade de Santiago de Compostela
Fecha de defensa: 18 de septiembre de 1992
- Vicente Guilarte Zapatero Presidente/a
- Teodora Felipa Torres García Secretario/a
- José Manuel Lete del Río Vocal
- Luis Humberto Clavería Gosálbez Vocal
- Agustín Luna Serrano Vocal
Tipo: Tesis
Resumen
La intención del trabajo es proporcionar adecuada respuesta al cauce procedimental para ejercitar las facultades de orden sustantivo que el código civil concede a cada esposo para defender sus intereses económicos en el acervo ganancial, para lo cual se ha procedido a un pormenorizado análisis de las soluciones adoptadas por los tribunales de justicia, fundamentalmente españoles, resultando necesario, ante la insatisfacción que producen, habitualmente, las decisiones judiciales examinadas, proponer soluciones alternativas fundamentadas en un análisis exegético del texto legal vigente. La memoria consta de dos partes: la primera, referida a los casos en que procede la ineficacia de la relación jurídica establecida entre uno de los cónyuges y el tercero, analizándose las cuestiones relativas a la nulidad radical de los arts. 1.322/2 y 1.378 y a la anulabilidad del art. 1322/1; y la segunda, sobre las posibilidades de defensa en los supuestos en que queda vedada tal pretensión de ineficacia del acto, donde se examinan los cauces para hacer valer sus intereses en el acervo común de uno de los esposos en los supuestos en que, bien porque así lo han decidido los cónyuges por capitulaciones matrimoniales, bien porque así lo dispone el legislador (arts. 1.381 a 1.386), o bien porque se trata de un acto de obligación (arts. 1.362 ss.), la impugnación de la eficacia y validez del acto realizado por uno de los esposos resulta inviable, concluyendo el trabajo con el examen de las consecuencias que se desencadenan como resultado de la actuación de ambos consortes y los medios de defensa que en tal caso se confieren a uno de ellos.